IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS
Exención de las Ganancias Patrimoniales por la venta de acciones en empresas de nueva o reciente creación:
Los contribuyentes del IRPF no tendrán que declarar estas ganancias patrimoniales siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
Requisitos relativos a las acciones o participaciones:
a) Deben adquirirse en el plazo de 3 años a partir del 7 de julio de 2011 al constituirse la sociedad o ampliar capital.
b) El valor de adquisición máximo sobre el que se aplica la exención es de:
25.000€ por cada uno de estos tres años
75.000€ por entidad.
c) No pueden otorgar al contribuyente y familiares hasta el tercer grado una participación superior al 40%
d)Deben permanecer en el patrimonio del contribuyente de tres a diez años
e) No pueden adquirirse con el saldo de la cuenta ahorro-empresa
f) No pueden transmitirse a una entidad vinculada o a un familiar hasta el tercer grado.
g) No pueden ser sustituidos por otros homogéneos cuando se transmitan.
Requisitos relativos a las Sociedades:
a) Debe tratarse de sociedades anónimas o de responsabilidad limitada, sean laborales o no.
b) No pueden estar admitidas a cotización.
c) Deben desarrollar una actividad económica, que no se haya ejercido anteriormente bajo otra titularidad y utilizando al menos una persona con contrato laboral a jornada completa.
d) Los fondos propios no deben superar los 200.000€ cuando se adquiera la participación.
e) No pueden tener relación laboral o mercantil con el contribuyente.
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
Deducción en producciones cinematográficas:
El Real Decreto-ley amplía la vigencia de la deducción en producciones cinematográficas del artículo 38.2 del TRLIS - cuya derogación estaba prevista a partir del 1 de enero de 2012 - hasta el 31 de diciembre de 2012.